Con información de: USCIS
El pasado 6 de enero de 2023 el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) amplió para cubanos, nicaragüenses y haitianos el Parole Humanitario, creado originalmente para ciudadanos ucranianos y posteriormente, para venezolanos.
El programa de permanencia temporal humanitaria permitirá el ingreso mensual de 30.000 migrantes procedentes de Cuba, Nicaragua, Haití y Venezuela para vivir y trabajar en Estados Unidos hasta por dos años.
Estas son las principales características de este programa:
– Persona de apoyo (conocida como patrocinador o sponsor)
Esta persona es quien iniciará el proceso ante USCIS, por lo que debe cumplir con estos requisitos:
- Ciudadanos estadounidenses.
- Residentes permanentes legales, residentes temporales legales y residentes permanentes condicionales.
- No inmigrantes con estatus legal.
- Asilados, refugiados y personas con permiso de permanencia temporal.
- Personas a quienes se les otorgó el Estatus de Protección Temporal (TPS).
La persona de apoyo debe aprobar la investigación de antecedentes y seguridad y demostrar la capacidad financiera que tiene para recibir al extranjero durante su estadía en el país.
– ¿Quién puede ser beneficiario de un Parole Humanitario?
- Un nacional de Cuba, Haití, Nicaragua o Venezuela (o un familiar inmediato de estos de cualquier nacionalidad) que está fuera de Estados Unidos y que puede ser considerado para el permiso de permanencia temporal bajo estos procesos.
- Los familiares y ciudadanos de los cuatro países mencionados podrán ser beneficiarios: cónyuges e hijos menores de 21 años, con la salvedad que el menor de 18 años deberá viajar con un padre y/o tutor.
– ¿Qué requisitos debe de cumplir el beneficiario?
- Tener una persona de apoyo en Estados Unidos (sponsor o patrocinador)
- Someterse y aprobar una sólida investigación de antecedentes de seguridad
- Tener ciudadanía de alguno de los siguientes países participantes (Cuba, Nicaragua, Haiti y Venezuela).
- No puede tener doble nacionalidad.
- No puede ser residente legal de un tercer país.
- No puede haber sido deportado de los Estados Unidos en los últimos 5 años.
- No puede haber ingresado ilegalmente a Panamá, México o Estados Unidos.
- Debe cumplir con requisitos de vacuna y salud pública.
- Debe de cumplir con requisitos de chequeos de seguridad por medio de sus huellas dactilares.
– ¿Cuáles son los pasos a seguir para la petición?
- Patrocinio económico: la persona de apoyo o patrocinador deberá diligenciar el Formulario I-134A por cada persona que desea ayudar. La USCIS se encargará de realizar el estudio y seguimiento de cada persona dentro de la petición.
- Enviar información biográfica: el beneficiario deberá crear y diligenciar un perfil en la plataforma myUCSIS para certificar que cumple con los requisitos de elegibilidad una vez haya sido aprobada la persona de Apoyo o el patrocinador.
- Envío de petición por medio de la app Móvil One: una vez completado el perfil en myUCSIS, el ciudadano extranjero deberá ingresar la información en la app Móvil One y adjuntar una foto actualizada.
- Autorización de viaje a los Estados Unidos: una vez completado lo anterior, el ciudadano recibirá una notificación para viajar a Estados Unidos con una vigencia de 90 días por parte de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos.
- Permiso Temporal en el puerto de entrada: la aprobación de ingreso se hará en el puerto de entrada una vez el ciudadano presente los documentos que justifiquen su ingreso por razones humanitarias o de beneficio público significativo.
- Permiso de Permanencia Temporal: una vez culminado este proceso, al ciudadano se le otorgará un Permiso de Permanencia Temporal con un plazo hasta de dos años y podrán solicitar un permiso de trabajo, número y tarjeta de seguro social.
Si tienes un patrocinador o persona de apoyo en Estados Unidos (con residencia legal) y cumples con los requisitos para ser beneficiario, puedes solicitar a Immigration & Justice Law Firm una evaluación gratis.